D. Lorenzo Illana, habló acerca de la recogida, custodia y análisis de evidencias, en materia de Informática Forense. Comenzó por plantear diferentes aspectos del acceso a sistemas de la información, posibles vulnerabilidades en el acceso a servidores y el rastro que toda acción desarrollada desde un ordenador deja, tanto en el servidor, como en la propia máquina desde la que se está actuando.
Explicó con detalle el modo de trabajar de la Sección de Informática de Burgos, definiéndo a esta unidad como "amanuense" en la materia. Es evidente que hay muchas limitaciones y retos por conseguir, principalmente en materia de dotación de equipos y mayores partidas presupuestarias que posibiliten mejorar los medios para la lucha contra los delitos telemáticos, pero la modestia de nuestro ponente no pudo ocultar la profesionalidad y rigor del trabajo del Cuerpo Nacional de Policía en nuestra ciudad, que se encuentra a un elevadísimo nivel.
En cuanto a la recogida de evidencias, trajo a colación el interesante caso de la intervención de “ocho pruebas instrumentales de carácter informático decomisadas a las FARC”, pertenecientes a Raúl Reyes, nombre de guerra de Luis Edgar Devia Silva, uno de los siete miembros que constituía la Secretaría de las FARC, responsable de negociaciones y portavos de esta organización, como un ejemplo del modo en el que no pueden hacerse las cosas, aunque la "intervención rápida" de la información contenida en los dispositivos lo requiera. No obstando esto, puso de relieve el hecho de que a través del hashing, puede saberse qué documentos fueron modificados por los investigadores y cuales no.
Tras un pormenorizado análisis de los medios de los que se sirven para intervenir diverso material informático, siempre en presencia de la comisión judicial, habló de un tema que posteriormente suscitaría un vivo debate, la cadena de custodia.
Parece ser que, a pesar de que el CNP tiene un estricto protocolo de cadena de custodia, con firmas a la entrega y recogida de cada material intervenido por los agentes que lo depositan y recepcionan, esta cadena no pasa al procedimiento como una garantía procesal mas de afianzamiento de la prueba. Es decir, que no queda reflejado en el expediente del procedimiento, este riguroso y garantista ejercicio, que no viene sino a asegurar la integridad de la prueba desde que es recogida hasta que, en último término, es presentada a su Señoría en el acto del juicio. Interesante dato a tener en cuenta, que quien suscribe ignoraba. Una muestra mas de la profesionalidad de un cuerpo, que se actualiza día a día para el mejor cumplimiento de su cometido tal y como indica su propio lema, con dignidad, entrega y lealtad.

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